La reforma constitucional que permitirá enjuiciar al Presidente de la República durante el tiempo de su encargo, entrara en vigor mañana sábado.
Lo anterior fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con modificaciones a los artículos 108 y párrafos cuarto del 111, por el cual, el titular del Ejecutivo “podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.
En los artículos transitorios de este decreto queda especificado además que, se derogan todas las disposiciones opuestas al mismo.
Además, se establece que, para proceder penalmente contra el Presidente de la República “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores” la cual resolverá con base a la legislación penal aplicable.
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